Les informamos , dado lo novedoso de la reciente sentencia del Tribunal Supremo que ha reconocido el derecho de las empresas a denegar a sus empleados los días por paternidad, que vienen recogidos en sus respectivos convenios colectivos.
El Alto Tribunal considera que este tipo de medidas de conciliación carecen de sentido después de haberse equiparado
EL PERMISO DE 16 SEMANAS PARA AMBOS PROGENITORES.
De esta forma se equiparan en igual duración los permisos de ambos progenitores y hacen INAPLICABLE la mejora prevista en el convenio colectivo sobre este permiso , aun estando en vigor el convenio sectorial que lo recoge