INFORME SOBRE REGISTRO HORARIO Y PECULIARIDADES

Como cuestión previa se define tiempo de trabajo, todo período durante el cual el trabajador permanezca en el trabajo, a disposición del empresario y en ejercicio de su actividad o de sus funciones, de conformidad con la legislaciones y/o prácticas nacionales. Y el tiempo de trabajo se computará de modo que tanto al comienzo como al final de la jornada diaria el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo.

La nueva obligación de registro horario, debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria.

Excepciones :

  • Alta Dirección : trabajadores que ejercitan poderes inherentes a la titularidad jurídica de la empresa, y los relativos a los objetivos generales de la misma con autonomía y plena responsabilidad sólo limitadas por los criterios e instrucciones directas emanadas de la persona o de los órganos superiores de gobierno y administración de la Entidad que respectivamente ocupe aquella
  • Regímenes Especiales como representante de comercio, becarios, autónomos.

 1.- TIEMPO DE TRABAJO

1-.Exclusiones de tiempo de trabajo:

–    Tiempos de acceso y salida del trabajo; tiempos de aseo y cambio de ropa;

  • Tiempos desde el domicilio personal al centro de trabajo; tiempo necesario para fichar
  • Si el trabajador tiene autonomía para organizarse la ruta, el tiempo de desplazamiento inicial y final no se considera trabajo Pero sí se considerará como tiempo de trabajo, si durante ese tiempo está a disposición del empresario (si éste puede variar su ruta, por ejemplo)

 

2.- Inclusiones de tiempo de trabajo :

  • El desplazamiento desde el centro de trabajo a distinto lugar donde se ordene la prestación de servicios, y su regreso.
  • Los reconocimientos médicos obligatorios; colocarse los Epis,
  • Si   carecen de centro de trabajo fijo :el desplazamiento del domicilio del trabajador y los centros del primer y del último cliente (TJUE 10-9-15);
  • Desplazamientos puntuales que requieren pernocta (por ejemplo, un trabajador que debe desplazarse a otra provincia o extranjero ) En este caso:
  • El tiempo en el que se anticipe o demore la jornada como consecuencia del desplazamiento (por ejemplo, para desplazarse hasta el aeropuerto) será tiempo de trabajo efectivo.
  • Pero no lo será el tiempo en el que el trabajador se mantenga a la espera (por ejemplo, una vez finalizada la gestión, espera al día siguiente para reanudarla o para regresar). Durante ese tiempo no está a disposición de la empresa (puede realizar actividades personales), por lo que no computa como trabajo efectivo.

El tiempo de desplazamiento hasta el domicilio del cliente se computa como tiempo de trabajo efectivo, salvo en actividades que, por su propia naturaleza, se desarrollen habitualmente en el domicilio del cliente, o que cuenten con suficiente autonomía para organizarse las visitas y desplazamientos.

2. RESUMEN DE JORNADA

 1.- Obligación de entregar copia a los trabajadores junto con la nomina, cuando se excede la jornada ordinaria y se hacen horas extras.

2.- Sin realizar horas extras solo se entrega a petición del trabajador

 3. Modalidad de registro

Se admite tanto digital, informático, GPS o geolocalizador , y manual, a elección del empresario previa consulta con los representantes de los trabajadores.