SE DECLARA LA EXENCION DEL IRPF EN LAS PRESTACIONES DE MATERINIDAD

El Tribunal Supremo en contra del criterio de la Agencia Tributaria ha declarado que las prestaciones por maternidad de la Seguridad Social, no deben estar sujetas a IRPF, lo que afecta a las maternidades producidas desde el año 2014, no prescritas a esta fecha, por ello las madres que hayan tributado en su renta por dichas prestaciones, podrán solicitar la devolución por ingresos indebidos antes del 30 de junio de 2019.

La forma y documentos para su devolución no están todavía claros, dado que, ante el aluvión de solicitudes que se espera, la Administración podría facilitar los trámites, por ellos aconsejamos esperar unas semanas antes de iniciar la solicitud por el trámite ordinario.