IGUALDAD Y BRECHA DE GENERO

 Les recordamos el calendario de obligaciones en materia de Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y brecha salarial

• Plan de Igualdad, y Auditoria Salarial:

A PARTIR DEL 7 DE MARZO DE 2021: empresas de 101 a 150 personas trabajadoras

A PATIR DE 7 DE MARZO DE 2022 : empresas de 50 o más personas trabajadoras

• Registro retributivo:

A PARTIR DEL 14 DE ABRIL DE 2021: TODAS LAS EMPRESAS (periodo de referencia año natural 2020 ), a partir de dos trabajadores de distinto sexo. El objeto es establecer las medidas específicas para hacer efectiva la igualdad de trato y no discriminación en materia retributiva entre mujeres y hombres, desarrollando los mecanismos para identificar, corregir y luchar contra la discriminación que pudiera existir en el ámbito salarial Características del Registro retributivo:

• – Debe incluir toda la información desglosado por sexos sobre las retribuciones de la plantilla, incluyendo el personal directivo y altos cargos.Recoge los valores de la media aritmética y la mediana desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor de: • – Salario base. • – Complementos salariales. • – Percepciones extrasalariales. • – Afectaciones: tipo de jornada, prestaciones, horas extras. – Consulta a los RLT con carácter previo ( 10 días antes a su elaboración )