Los plazos para presentar las solicitudes de cambio de bases, así como los efectos que se producirán a partir del 01-01-2018, serán los siguientes:
- Presentación del 1 de enero al 31 de marzo, efectos a partir del 1 de abril
- Presentación del 1 de abril al 30 de junio, efectos a partir del 1 de julio
- Presentación del 1 de julio al 30 de septiembre, efectos a partir del 1 de octubre
- Presentación del 1 de octubre al 31 de diciembre, efectos a partir del 1 de enero (año siguiente)
Base mínima 2018 (euros/mes) |
Base máxima 2018 (euros/mes) |
Base trabajadores según edad (euros/mes) |
Base trabajadores 50 años ó más (euros/mes) |
919,80 |
3.751,20 |
Trabajadores <=47 años a 01.01.2018 Elección entre 919,80 y 3.751,20
Trabajadores 48 ó más años de edad a 01.01.2018 Con 48 años ó mas elección entre 992,10 y 2.023,50 |
Trabajadores con 48 ó más años y 5 o más años cotizados antes de los 50 años. Última base <= a 2.023,50 una base comprendida entre 919,80 y 2.023,52 Última base > a 2.023,50. una base comprendida entre 919,80 y el importe incrementado en un 3 por 100 con el tope de la base máxima de cotización. |
Cualquier duda o aclaración al respecto, estamos a su disposición como siempre.
Reciban un cordial saludo,
Fdo. Marien Velasco